Chetumal.- El Congreso del Estado de Quintana Roo aprobó la nueva Ley del Notariado del Estado de Quintana Roo, la cual fortalecerá la función notarial al establecer procedimientos claros, sencillos y transparentes para la creación de nuevas notarías, mientras que la obtención de patente de notario público titular se realizará mediante examen de oposición.
El dictamen que contiene la minuta de Ley del Notariado para el Estado de Quintana Roo, fue avalada por mayoría de los diputados integrantes de la XV Legislatura, siendo el diputado José de la Peña Ruiz de Chávez quien votó en contra en lo general, además de votar en contra en lo particular con el diputado José Carlos Toledo Medina.
De acuerdo con el dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria, se estableció que la creación de notarías tenga un equilibrio y parámetros objetivos, para lo cual se tomarán en consideración aspectos como la población del Estado (debe existir una notaría por cada 15 mil habitantes), las actividades económicas relacionadas con la función notarial, así como el movimiento inmobiliario comercial.
Se establece que la Secretaría de Gobierno tendrá en todo momento la facultad de realizar la convocatoria para el examen para aspirantes al ejercicio del notariado, determinando la procedencia cada dos años y siempre y cuando al menos así lo solicitaren al menos cinco interesados en obtener el nombramiento correspondiente y atendiendo a factores de incremento de las operaciones relacionadas con la función notarial.
El examen de oposición será revisado por un jurado, el cual estará integrado por un notario designado por el Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno, un notario designado por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia y un notario designado por la Mesa Directiva del Consejo de Notarios.
En la ley se estableció que entre los requisitos para ser aspirante al ejercicio del notariado, los interesados no deben haber ocupado un cargo en el gobierno, poder legislativo o judicial, ayuntamiento, partido político, órgano autónomo o en alguna dependencia de la administración pública, al menos un año antes de solicitar su examen de oposición como aspirantes.
La XV Legislatura aprobó el informe de la Comisión Especial y Temporal para la Atención de la Petición efectuada por el Ciudadano Mario Ernesto Villanueva Madrid, el cual concluye, luego de una exhaustiva investigación y valoración efectuada por los integrantes de esta, no haber encontrado elementos inculpatorios en contra del exgobernador del estado, por lo que la propia Comisión Especial lo considera inocente.
El informe de la Comisión Especial concluyó además que a Villanueva Madrid se le consignó, encarceló y condenó con base en hechos falsos contenidos en declaraciones de testigos protegidos de la PGR; además de evidenciar que la falta de pruebas para la consignación y condena, así como el uso de pruebas ilícitamente obtenidas, permitió crear un expediente penal producto de una venganza política.
El documento señala la existencia de pruebas supervenientes que justifican plenamente el procedimiento extraordinario para otorgar a Mario Villanueva el reconocimiento de inocencia que dispone el Código Nacional de Procedimientos Penales.
El Pleno del Congreso del Estado acordó remitir el informe de la Comisión Especial al presidente de la República, al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los presidentes de las cámaras del H. Congreso de la Unión y al presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para que en el ámbito de su competencia y facultades, ordene a quien corresponda se lleve a cabo la revisión del Caso Mario Villanueva.
El Pleno aprobó por unanimidad, la reelección de los ciudadanos Gustavo Adolfo del Rosal Ricalde y Juan García Escamilla, al cargo de magistrado numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo, previa lectura y aprobación del dictamen mediante el cual se determina que cumplieron con los requisitos para la reelección al cargo, previstos en el artículo 101 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y en el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
Además, se aprobó el dictamen con minuta de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.
En la misma sesión, el Congreso del Estado dio entrada a la iniciativa de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 20 del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo, en materia de cobro de gastos de ejecución, recargos y actualizaciones con motivo de la determinación de créditos fiscales generados por adeudos por concepto de cuotas y tarifas por consumo de agua potable y alcantarillado.
De igual forma, se dio lectura a una iniciativa de decreto por el que se deroga el párrafo segundo del Artículo 7 de la Ley de Cuotas y Tarifas para los Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales del Estado de Quintana Roo.