Uber no regresará a Cancún

El Instituto de Movilidad respondió en tiempo y forma a la empresa Uber que, por ser de reciente creación, en este momento no está facultado para expedir nuevas concesiones o autorizaciones, de modo que no puede operar en el Estado, manifestó su director, Jorge Pérez Pérez. Aclaró que Uber, de acuerdo con el capítulo VII de la Ley de Movilidad, requiere autorización, no concesión. En respuesta a los señalamientos de Saúl Crespo, gerente de Comunicación de Uber, quien dijo que el Instituto no ha dado respuesta a la solicitud que se le entregó hace más de 90 días para que

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El Instituto de Movilidad respondió en tiempo y forma a la empresa Uber que, por ser de reciente creación, en este momento no está facultado para expedir nuevas concesiones o autorizaciones, de modo que no puede operar en el Estado, manifestó su director, Jorge Pérez Pérez.
Aclaró que Uber, de acuerdo con el capítulo VII de la Ley de Movilidad, requiere autorización, no concesión.

En respuesta a los señalamientos de Saúl Crespo, gerente de Comunicación de Uber, quien dijo que el Instituto no ha dado respuesta a la solicitud que se le entregó hace más de 90 días para que autorice la operación de la plataforma, Pérez Pérez explicó que el término se cumplió el 8 de abril, fecha en que el oficio de respuesta se envió por mensajería certificada.
“Yo tengo el sello de recibido el día 9, confirmado por la persona que la recibió en sus oficinas y la respuesta es sencilla: el Instituto es de nueva creación y no está facultado en este momento para expedir nuevas concesiones o autorizaciones”, subrayó.
Por ley, disponemos de tiempos para la elaboración de reglamentos, que se deben terminar en julio de este año. Será hasta entonces cuando estaremos en condiciones de autorizar esa y otras solicitudes de concesiones y permisos, pero sin reglamento no podemos otorgar concesión o permiso alguno, manifestó.
“Uber alega que quieren un permiso, no concesión, porque no son un servicio público, de acuerdo contra la ley primigenia, expedida en junio y modificada en julio”, indicó.
El funcionario indicó que el 14 de junio de 2018 se publicó el decreto 213, con la Ley de Movilidad que Uber invoca para entrar en funciones. Sin embargo, posteriormente, en el decreto 253 se especificaron otras condiciones, ante lo cual la plataforma digital promovió un amparo y quiere entrar con base en esa ley primigenia.

Asimismo, comentó que la empresa habla de que pudiera tener una suspensión definitiva, con la que se entraría de lleno a la resolución de un amparo. “Eso rebasa la actividad del Instituto porque están amparándose contra una ley no contra las actividades del Instituto, de modo que la resolución final está en el ámbito jurídico, en el ámbito legal de Uber y la Consejería Jurídica del gobierno del Estado”.
Por último, argumentó que la elaboración de los reglamentos, que podría estar a cargo de un despacho contratado con ese fin, no es un trabajo fácil, pues hay que normar a detalle la complejidad de la Ley de Movilidad.

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