Juez - Page 3

Niega juez congelar investigación contra presunta golpeadora de Roberto González

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Playa del Carmen.- Debe continuar la investigación en contra de María Fernanda S. M., acusada de participar en la golpiza que dejó cuadripléjico a Roberto González, pues así lo determinó un juez, quien conminó a la Fiscalía a investigar y procurar pronta justicia, pues así es su trabajo.

Hoy se realizó una audiencia en los Juzgados Orales, a la que Roberto González acudió en camilla, con ayuda de una ambulancia y personas que lo trasladaran hasta la sala. A un año y nueve meses de haber sido dejado en ese estado, por una golpiza captada en video, presuntamente propinada por María Fernanda S. M. y Rodrigo G. G., él sigue en espera de justicia.
En la audiencia, la víctima hizo manifestaciones para aclararle al juez que fue golpeado por dos personas, pues, como denunció su familia, la Fiscalía General del Estado pretendía congelar la carpeta de investigación en contra de la mujer acusada.

La imputada no estuvo presente en la audiencia, pues no ha sido notificada. Desde hace ocho meses no ha sido localizada por la Fiscalía.
Producto de la agresión sufrida el 20 de enero de 2017, Roberto González sufrió la fractura de dos de sus vértebras cervicales, por lo que perdió movilidad en el cuerpo, condición irreversible. Ha estado al borde de la muerte por meses, debido a su traqueotomía y su familia, que ya ha perdido su negocio y la casa, enfrentan altos costos médicos.

Juez la hace cardiaca: No liberan aún la orden de aprehensión

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Un juez especializado en justicia para adolescente aún no libera la orden de aprehensión contra Jesús, el novio asesino que acabó con la vida de su suegra y novia.

La viuda Roberta Cobá y su hija Yutzal Itzá ya son veladas en su casa en la calle 60 entre 81 y 83.

Y aparte de que juez aún no firma la orden para detener al novio asesinó Jesús B.P, la Fiscalía emitió su comunicado dejando o reduciendo el feminincidio en un mero.

El colmo. Aún muertas no encuentran justicia pronta y expedida.

.A partir de las 4 de la tarde los llevan a su última morada…al cementerio antiguo de la calle 62 en la colonia Javier Rojo Gómez.

Ante el misterioso recule del Juez Federal Aarón Pereira al dejar libre al juez Javier Ruiz Ortega, Artículo 19 pide revisar actuar del juzgador

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Un juez federal ordenó la libertad de Javier Ruiz Ortega, juez local de Quintana Roo, y ordenó también auto de formal prisión contra la agente del Ministerio Público de aquella entidad Tila Patricia Galera León, por la posible comisión de delitos contra la administración de justicia contra el periodista maya Pedro Canché.

El martes 22, informó la organización Artículo 19, el perito que estaba en calidad de prófugo de la justicia, se presentó a rendir su declaración preparatoria, una vez obtenida una suspensión a través de un juicio de amparo.

Artículo 19 explicó en un comunicado que el 9 de mayo el juez Sexto de Distrito en Quintana Roo dictó orden de aprehensión en contra de Javier Ruiz Ortega, Tila Patricia Galera y el perito Julio César Pérez Vela.

El juez federal tomó esa determinación con base en que, en el caso del juez local Javier Ruiz Ortega, “aún cuando era evidente que no contaba con material probatorio alguno para acreditar el delito de sabotaje previsto en el artículo 204 fracción I del Código Penal del Estado de Quintana Roo y existiendo evidentes ilegalidades que se aprecian de la sola lectura del expediente, dictó orden de aprehensión y en su momento auto de formal prisión en contra del periodista Pedro Canché“.

Sin embargo una semana después el juzgador federal cambió de opinión y decidió dejar en libertad a Ruiz Ortega, argumentando que “los medios recabados permiten establecer que no existe dato alguno que haga presumir, aún de manera indiciaria, una voluntad de manera dolosa -malicia- e intencional” en el actuar del presunto responsable.

“ARTICLE 19 expresa su preocupación por las evidentes contradicciones del Juez Sexto de Distrito del Estado de Quintana Roo, pues por una parte -al girar orden de aprehensión- consideró que existió dolo e intención de entorpecer y causar daño a Pedro Canché y por otro -al dictar auto de libertad- determinó que la conducta del Juez responsable del ilegal proceso en contra del periodista, se trato de un simple “error judicial”. Contra ello Pedro Canché y su representación legal interpusimos recurso de apelación”, expresó el organismo.

Artículo 19 llamó al Tribunal Unitario que resuelva la apelación para que tome en cuenta las inconsistencias en las que ha incurrido el Juez Sexto de Distrito, garantizando justicia completa e imparcial, considerando todos los derechos humanos que han sido violentados.

Por otro lado, el perito Julio César Pérez Vela, se presentó con un amparo ante el juez, por lo que se le citó a declarar este viernes 25 de Mayo a las 13 horas en el Juzgado Sexto de Distrito.
Fuente: Aristegui Noticias

Juez federal decreta libertad a favor de uno de los implicados en la detención arbitraria de Pedro Canché

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El 15 de mayo pasado el Juez Sexto de Distrito del Estado de Quintana Roo (federal) con sede en Chetumal, dictó auto de libertad en favor del Juez Javier Ruiz Ortega, y auto de formal prisión en contra de la Agente del Ministerio Público, Tila Patricia Galera León, por la posible comisión de delitos contra la administración de justicia en contra del periodista maya Pedro Canché. Asimismo, el día de ayer, el perito que estaba en calidad de prófugo de la justicia, se presentó a rendir su declaración preparatoria, una vez obtenida una suspensión a través de un juicio de amparo.

El pasado nueve de mayo, agentes de la Procuraduría General de la República cumplimentaron la orden de aprehensión dictada por el Juez Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo en contra de Tila Patricia Galera y Javier Ruiz Ortega. La orden de aprehensión, también dirigida contra el perito Julio César Pérez Vela, fue girada derivado del injusto y malicioso proceso penal y el subsecuente encarcelamiento arbitrario seguido en contra del periodista Pedro Celestino Canché Herrera.

En esta determinación, el Juez Sexto de Distrito consideró que existían elementos para acreditar la probable responsabilidad penal de Javier Ruíz Ortega en el encarcelamiento de Canché, pues, entre otras cosas señaló: “aún cuando era evidente que no contaba con material probatorio alguno para acreditar el delito de sabotaje previsto en el artículo 204 fracción I del Código Penal del Estado de Quintana Roo y existiendo evidentes ilegalidades que se aprecian de la sola lectura del expediente, dictó orden de aprehensión y en su momento auto de formal prisión en contra del periodista PEDRO CELESTINO CANCHÉ HERRERA (…)”.

De la misma forma, el Juez Sexto de Distrito continuó con su razonamiento afirmando: “es evidente también que el pliego de consignación sometido a consideración de Javier Ruíz Ortega, no contaba con prueba alguna de la existencia de un daño, afectación o trastorno alguno de algún servicio público en el Municipio de Felipe Carrillo Puerto, por lo que dicha consignación carecia de los elementos más básicos para la acreditación del cuerpo del delito de sabotaje (…)”. Continuó refiriendo que: “de las constancias reseñadas se desprende que al momento de dictado de la orden de aprehensión y auto de formal prisión en contra del periodista Pedro Celestino Canché Herrera sin contar con los elementos necesarios para su debida fundamentación y motivación, se evidenció la malicia con la que se condujo el sujeto activo (Javier Ruíz Ortega) ya que ese servidor público desde hacía más de veinte años había ingresado a laborar al Poder Judicial de ese Estado (…) aunado a los estudios (de Javier Ruíz Ortega) que fortalecen su conocimiento en la materia y su deseo de resolver contrario a las constancias del expediente, lo que evidentemente entorpeció la administración de justicia al periodista Pedro Celestino Canché Herrera restringiendo su libertad por más de 9 meses(…)”.

En este orden de ideas, el Juez Sexto de Distrito señaló que “(…) atento estos elementos debe decirse que los activos se condujeron dolosamente, pues de autos se advierte que los inculpados dentro de la esfera de su pensamiento, tuvieron la intención de entrar al plano de la ilicitud, como quedó demostrado al momento de analizar el entorpecimiento malicioso en el que incurrieron en la administración de justicia al periodista Pedro Celestino Canché Herrera (…)”.

Sin embargo, una semana después de adoptar estos criterios para girar la orden de aprehensión y una vez que Ruiz Ortega fue detenido y puesto a disposición del Juez federal, cambió radicalmente sus argumentos y consideró al resolver si lo sujetaba a proceso o no: “(…) debe decirse que de las constancias con las cuales el agente del Ministerio Público de la Federación consignador fundó el ejercicio de la acción penal contra Javier Ruiz Ortega por su probable responsabilidad en la comisión del delito contra la administración de justicia (…) resultan insuficientes para tener por demostrado específicamente en elemento normativo consistente en que con tal calidad de servidor público, entorpezca administración de justicia; así como elemento subjetivo consistente en la malicia (dolo) con la cual desplegó esa conducta.”

Asimismo refirió que “(…) los medios recabados permiten establecer que no existe dato alguno que haga presumir, aún de manera indiciaria, una voluntad de manera dolosa -malicia- e intencional para que en ejercicio de su función jurisdiccional como Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, generara conscientemente un entorpecimiento en la administración de justicia en agravio de Pedro Celestino Canché Herrera (…)”.

De la misma forma, y en evidente contradicción su propia determinación, el Juzgador Federal consideró que “(…)el sancionar penalmente los titulares de los órganos judiciales por errores netamente jurisdiccionales que derivan de los razonamientos jurídicos -acertados o no- contenidos en las resoluciones emitidas por éstos, se traduciría en una transgresión de principio de autonomía judicial(…)”

De acuerdo con todo lo anterior, ARTICLE 19 expresa su preocupación por las evidentes contradicciones del Juez Sexto de Distrito del Estado de Quintana Roo, pues por una parte -al girar orden de aprehensión- consideró que existió dolo e intención de entorpecer y causar daño a Pedro Canché y por otro -al dictar auto de libertad- determinó que la conducta del Juez responsable del ilegal proceso en contra del periodista, se trato de un simple “error judicial”. Contra ello Pedro Canché y su representación legal interpusimos recurso de apelación.

En este sentido, se resta eficacia real al tipo penal en el cual incurrieron los responsables de encarcelar al periodista Pedro Canché, pues con interpretaciones contradictorias entre si y al considerar que se violaría en perjuicio de los jueces su independencia jurisdiccional, se abre la puerta a que se sigan reproduciendo el actuar irregular en el Poder Judicial. Es precisamente cuando la falta de independencia e imparcialidad en los jueces afecta los derechos humanos de las personas que deben rendir cuentas ante la justicia los funcionarios judiciales.

Por su parte el perito Julio César Pérez Vela, quien permanecía prófugo de la justicia durante casi 10 días,, tramitó amparo para evitar su detención. El día de ayer se presentó ante el Juez Sexto de Distrito a rendir su declaración preparatoria. El funcionario, seguirá su proceso en libertad.

Por todo lo anterior, ARTICLE 19 considera que el Juez Federal no consideró la gravedad que representan actos como los cometidos en contra de Canché, y el uso desviado del aparato de justicia para castigar y censurar periodistas.

Por ello exhortamos al Poder Judicial de la Federación a mantenerse firmes en las resoluciones en las que se resuelvan casos de agresiones contra periodistas, debiendo apegarse a criterios coherentes y consistentes con los estándares de derechos humanos en el marco del debido proceso penal y garantizando el acceso a la justicia, verdad y reparación para las victimas.

Por último, esta Organización exhorta al Tribunal Unitario que resuelva la apelación para que tome en cuenta las inconsistencias en las que ha incurrido el Juez Sexto de Distrito, garantizando justicia completa e imparcial, considerando todos los derechos humanos que han sido violentados.
Fuente: Articulo19

PGR detiene a juez y agente del Ministerio Público borgistas por procesar con pruebas falsas a Pedro Canché

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Por obedecer las órdenes del gobernador Roberto Borge para encarcelar al periodista Pedro Canché con pruebas falsas y fabricadas, la Procuraduría General de la República (PGR) detuvo al juez Javier Ruiz Ortega y a la agente del Ministerio Público, Tila Patricia León Galera por su probable responsabilidad en los delito contra la administración de justicia en Quintana Roo.

La Fiscalía Especializada contra Delitos de la Libertad de Expresión (FEADLE) a cargo de Ricardo Sánchez logró que por primera vez en México sea encarcelado un juez y un agente del Ministerio Público por encarcel a un periodista con pruebas falsas.

Este es el comunicado de la PGR:
Por los probables delitos contra la administración de Justicia
Comunicado 467/18 Ciudad de México

PGR cumplimenta dos órdenes de aprehensión por probables delitos contra la administración de justicia en perjuicio de un periodista

Procuraduría General de la República
Fecha de publicación
10 de mayo de 2018

La Procuraduría General de la República (PGR) cumplimentó órdenes de aprehensión en contra de Tila Patricia “N” y Javier “N”, quienes en su calidad de servidores públicos de la entonces Procuraduría General de Justicia y del Poder Judicial de Quintana Roo, respectivamente, probablemente iniciaron, instruyeron y determinaron un proceso penal por el supuesto delito de sabotaje en perjuicio de un periodista en la ciudad de Felipe Carrillo Puerto.
Los hechos que dieron origen a la integración de una indagatoria en la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), se presentaron cuando el periodista tomaba fotografías, grababa video y recababa información de una manifestación pública en las afueras de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado en esa ciudad.
Derivado de lo anterior, el comunicador publicó diversas notas periodísticas con una línea editorial crítica a la atención a la población maya de dicha comunidad por parte de las autoridades estatales y municipales y posteriormente fue detenido por acusársele de cometer el delito de sabotaje en perjuicio de la sociedad en general y encarcelado por un período de nueve meses aproximadamente.

La investigación señala que Tila Patricia “N”, en su calidad de agente del Ministerio Público de la entonces Procuraduría General de Justicia, inició una indagatoria sin contar evidencia alguna que acreditara los elementos del cuerpo del delito o la probable responsabilidad del periodista, consignó y solicitó una orden de aprehensión en su contra, como represalia por su actividad periodística.

Por otra parte, la FEADLE señaló que presentó elementos suficientes a consideración de un juez federal para determinar que Javier “N”, como juez penal del Tribunal Superior de Justicia del estado, dictó, sin contar con elementos probatorios que permitieran presumir la probable participación del periodista en el delito de sabotaje, el auto de formal prisión en su perjuicio y con la finalidad de afectar, limitar y menoscabar el derecho humano a la libertad de expresión.
Los probables responsables, a quienes se les imputa la comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 225, fracción VIII, (hipótesis de al que entorpezca maliciosamente la administración de justicia), del Código Penal Federal, quedaron a disposición de la autoridad judicial que los requiere y fueron internados en el Centro de Readaptación Social de Chetumal, Quintana Roo.

Asesinos de Tulum están ante juez

Tulum.- La FGE informa que la labor de fiscales de Tulum permitió que el juez de control vinculara a procesos a Gustavo “N” y Brian “N” imputados del homicidio y lesiones en agravio de dos adultos y un menor, respectivamente, derivado de la carpeta administrativa 65/2018.

Después de acogerse a la ampliación del término constitucional, la defensa no pudo desacreditar el trabajo de los fiscales, quienes con base en datos probatorios imputaron la comisión del delito a los dos detenidos.

Por tal motivo, el órgano jurisdiccional impuso dos años de prisión preventiva oficiosa para los imputados y dos meses para cierre de investigación complementaria.

Fuente: Comunicación social de la FGE.

Asesinos de Tulum ante el juez

Tulum.- La Fiscalía General del Estado informa que gracias a la labor de los fiscales del ministerio público, el juez de control decretó la legal detención de Gustavo “N” y a Brian “N”, imputados por el delito de homicidio y lesiones en agravio de dos personas y un niño respectivamente, derivado de la carpeta administrativa 65/2018.

En audiencia inicial, los fiscales acreditaron la legal detención de las dos personas después de que ocurriera el doble homicidio, la noche del 5 de marzo.
No obstante, la defensa solicitó la ampliación del término constitucional para conocer su situación jurídica, por lo que la próxima semana, se reanudará la audiencia de vinculación a proceso.

La Fiscalía General del Estado continuará integrando datos de prueba que aporten elementos sustanciales a la investigación para determinar la posible responsabilidad de las dos personas, en estos hechos delictivos.

Fuente: Comunicación Social de la FGE.