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Sentencian a 60 y 70 años de cárcel a 2 sujetos de Playa del Carmen

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Playa del Carmen.- La Fiscalía General Estado informa que consiguió dos sentencias condenatorias por el delito de secuestro agravado en contra de José Domingo Nieto Teodoro a quien se le impuso 65 años de prisión y una multa de $ 441,610 por el delito de secuestro agravado y José Luis Chavez Flores 70 años de prisión y un multa de $ 512,314 por el delito de secuestro agravado.

Los hechos ocurrieron el pasado 29 de mayo del 2018 en el municipio de Solidaridad, en agravio de una estudiante del Tecnológico de la Rivera Maya cuando se dirigía a su centro escolar y luego fue rescatada en una casa de la colonia Villas del Sol, cuyos hechos quedaron asentados en la carpeta de juicio oral 8/2019.

Julio César Pérez Vela, Perito de Borge recibe sentencia de 3 años y 10 meses por falso peritaje en contra de Pedro Canché

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El Juez Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo dictó sentencia de 3 años, 10 meses y tres dias de cárcel para el perito de Borge, Julio César Pérez Vela, que realizó un peritaje que sirvió para el injusto encarcelamiento del periodista Pedro Celestino Canché en 2014.

Canché, fue injustamente privado de su libertad acusado del delito de sabotaje por el simple hecho de documentar y difundir el desalojo violento de un plantón de pobladores de Felipe Carrillo Puerto, a las afueras de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado el 20 de agosto de 2014. El 30 de agosto del mismo año, Pedro fue detenido e ingresado a la cárcel de la localidad, donde fue golpeado brutalmente por internos desde la primera noche aun cuando las autoridades en prisión debieron salvaguardar su integridad. Pese a las lesiones graves, nunca fue atendido debidamente en el Hospital General del municipio.

El pasado mes de mayo de dos mil dieciocho fueron detenidas la Agente del Ministerio Público encargada de investigar los supuestos delitos cometidos por Canché en agosto de 2014, así como el Juez que determinó que existían elementos suficientes para dictar formal prisión y seguir proceso contra el periodista maya. De igual manera, el perito Julio César Pérez Vela, quien emitiera un peritaje de criminalística de campo sin que existiera ni siquiera denuncia en contra de Pedro se le inicio proceso el mismo mes de mayo de 2018.

En su momento, el Grupo sobre la Detención Arbitraria de la ONU señaló en la opinión 18/2015 que “[e]l arresto, la detención y el proceso judicial contra el Sr. Canché Herrera son el producto de represalias contra sus actividades.” Calificó la detención de Pedro Canche ́ como arbitraria y solicitó al Gobierno Mexicano “Disponer la inmediata libertad del Sr. Canché Herrera y proveerle con una adecuada reparación, incluyendo, entre otros aspectos, el otorgamiento de una adecuada compensación y la provisión del tratamiento médico necesario”

De la misma manera, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a través de la Recomendación 13/2015, señaló que Pedro Canché sufrió violaciones a sus derechos a la libertad de expresión, integridad personal y seguridad jurídica, mediante la detención arbitraria durante más de ocho meses en Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, con motivo de una acusación sin sustento del Gobierno de Roberto Borge.

Pedro Canché recuperó la libertad el día 28 de mayo de 2015 tras un arduo esfuerzo de su defensa implementada por ARTICLE 19. En su resolución, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Quintana Roo concluyó que no había pruebas suficientes para determinar responsabilidad por el delito de sabotaje ya que el periodista se encontraba en el lugar de los hechos únicamente para grabar las manifestaciones.

Esta resolución permitió confirmar que la detención de Pedro Canché respondió a un afán de inhibir su libre ejercicio periodístico, además de que en todo momento la acusación en su contra estaba sustentada en elementos sumamente contradictorios e inconsistentes.

Tales inconsistencias vulneraron los derechos de Canché a la libertad personal, la libertad de expresión, el acceso a la justicia y a una tutela judicial efectiva, y lo convirtieron en víctima de un montaje jurídico en su contra. Derivado de lo anterior, Pedro inició un proceso contra quien resultara responsable de la violación de sus derechos humanos y de los posibles delitos cometidos en su perjuicio ante la Fiscalía Especial de Atención a Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión.

El proceso contra Julio César Pérez Vela, un avance en la búsqueda de justicia de Canché.

La sentencia contra el perito Julio César Pérez fue dada a conocer el pasado jueves 28 de marzo, fecha en la cual integrantes de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión informaron a ARTICLE 19 – que acompaña legalmente al periodista- el sentido de la decisión.

La sentencia se da luego de que Julio César Pérez Vela fuera procesado en el Estado de Quintana Roo desde el pasado mes de mayo de 2018, en dónde también fueran detenidos en cumplimiento de orden de aprehensión el Juez que giró orden de aprehensión y dictó formal prisión por el delito de sabotaje a Pedro Canché sin pruebas que acreditaran el supuesto delito, Javier Ruíz Ortega, así como la Agente del Ministerio Público Tila Patricia Galera León quien ejerció acción penal en contra de Pedro aún cuándo no existió ningún elemento que acreditara la existencia del delito que se le imputó.

En este sentido, el Juez Sexto de Distrito consideró penalmente responsable por delitos contra la administración de justicia a Julio César Pérez pues emitió un dictamen pericial en criminalística de campo un día antes de que se iniciara investigación por el delito de sabotaje en contra de Pedro Canché, dictamen pericial al que la Ministerio Público y el Juez le dieron pleno valor probatorio, a pesar de que el mismo no tuvo fundamento que sustentara sus existencia.

De este modo, el Juez Federal con residencia en Chetumal sentenció a 3 años y 10 meses de prisión y multa por la cantidad de $42,343.28 a Julio César Pérez Vela, decretando además su destitución e inhabilitación para realizar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por el mismo lapso, así como la suspensión de sus derechos civiles y políticos. De la misma forma, el ex funcionario deberá reparar el daño cometido a Pedro Canché por los actos que cometió en su perjuicio.

ARTICLE 19 celebra las gestiones hechas por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, al tiempo que exige que continúe investigando a las demás personas que resulten responsables por los delitos cometidos contra Pedro Canché, antes, durante y después de su injusto encarcelamiento.

De la misma forma ARTICLE 19 ve con especial preocupación como el proceso que se ha llevado en contra de las y los funcionarios implicados en el injusto encarcelamiento de Canché en 2014, confirman el uso de los aparatos de procuración y administración de justicia como forma de castigo a las y los periodistas que ejercen su derecho a la libre expresión.

El Poder Judicial Federal debe continuar con las sanciones a los diversos funcionarios detenidos en mayo de 2018, es decir, la Ministerio Público Tila Patricia Galera León y Javier Ruíz Ortega, quien fuera secretario en funciones de Juez al momento de dictar a orden de aprehensión y formal prisión en contra de Pedro Celestino Canche Hérrera.

Por último, ARTICLE 19 hace un especial llamado al Poder Judicial Federal, en particular a las y los jueces y magistrados Federales con residencia en Quintana Roo a que garanticen el derecho a la justicia completa e imparcial a Pedro Canché, pues actos como el que anteriormente cometió el Juez Sexto de Distrito al cambiar su valoración de las pruebas y dejar en libertad a Javier Ruíz Ortega demuestran que la justicia continuará incompleta para el periodista hasta que se reviertan dichos actos que presumen parcialidad.

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

FGR obtuvo sentencia condenatoria contra Mimenza

Cancún, Quintana Roo.- El Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo de una juez federal, sentencia condenatoria de ocho meses dos días de prisión y otras medidas cautelares contra Carlos Mimenza por el delito ñde amenazas agravadas por ataques a Amir Hibraim y a la libertad d expresión.

Fue la Juez Verónica Gutiérrez Fuentes, quien emitió la condena de 8 meses de prisión sin derecho a fianza.

En las medidas cautelares dictadas en esta sentencia también están la de reparación del daño integral; caución de no volver a amenazas; suspensión de derechos civiles y políticos; amonestación pública para que no reincida; y subsistencia de medidas cautelares impuestas, en contra de Carlos Mimenza, líder de los Autodefensas de Quintana Roo.

Esto sienta un precedente histórico en todo el país y deja en claro que la justicia puede y debe alcanzar a todos aquellos que amenacen, violenten y intenten atentar contra la Libertad de Expresión en México.

En cuanto a la reparación del daño, la juzgadora Verónica Gutiérrez señaló que se deberá dar rehabilitación (tratamiento sicológico para víctima, pareja e hijos), que no haya repetición (curso de derechos humanos, que no se acerque al domicilio ni se comunique) y se dé una compensación.

Por lo que hace al mecanismo de protección de periodistas, el representante social federal obtuvo que se pague lo que el estado mexicano gastó en la protección y en atención a la figura de sufragación, además de que se reintegre al mecanismo lo erogado.

De acuerdo con los hechos asentados en el expediente, en julio de 2017 el ahora sentenciado envió mensajes telefónicos al periodista con contenidos amenazantes de atentar contra su integridad física y la de su familia.

Al valorar las declaraciones de testigos, pruebas documentales y periciales presentadas por la fiscalía, a lo largo de seis días de audiencia de juicio oral, la Juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Quintana Roo, Verónica Gutiérrez dictó la sentencia condenatoria al considerar que la agresión se gestó por la actividad periodística de la víctima y tenía el objeto de limitar así como menoscabar su derecho a la libertad de expresión.

Sentencian como delincuente a Carlos Mimenza por atacar la libertad de expresión

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Este viernes a las 9:15 individualizarán las penas, la parte última de un juicio que inició desde el 7 de Marzo, en el que Carlos Antonio Mimenza Novelo ha estado en el banquillo de los acusados

Cancún, 13, Marzo 2019.- La Juez Verónica Gutiérrez Fuentes sentenció como delincuente al fracasado “autodefensa” Carlos Antonio Mimenza Novelo por afectar la libertad de expresión al enviar mensajes de amenaza vía WhatsApp al director del portal Quintana Roo Mx, Amir Ibrahim Mohamed Alfie, el 8 de Julio de 2017.

La juez determinó con base a las pruebas aportadas por la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), que la conducta del fallido candidato presidencial y facebukero Carlos Mimenza afectó sobre todo a la libertad de expresión, puso en amenaza al colectivo, dañó la psicología y a la familia del periodista que dirige en Cancún ahora el periódico Quintana Roo Hoy.

Veronica Gutiérrez Fuentes, especializada en juicio oral y con funciones de tribunal de enjuiciamiento, leyó su sentencia esta tarde desde las 14:45 horas hasta las 16:41 horas con un Carlos Mimenza inquieto y lleno de odio e incómodo ante la caída de los escasos dos argumentos de su inexperto abogado Leonardo Kumul Salazar.

Para el director de la FEADLE, Nahum Pedro Zárate es una victoria para los periodistas de México el fallo de la juez que reconoció estos ataques de Carlos Mimenza hacia la libertad de expresión y quedará como un precedente en el país para que los enemigos de la prensa sepan que amenazar tiene una consecuencia ante las autoridades judiciales.

Mañana viernes a las 9:15 continúa la parte final del juicio en donde individualizará las penas y los gastos del juicio que endilgarán al atacante de la libertad de expresión.

Las amenazas vertidas desde su celular 9848795013, fueron en represalia porque en Quintana Roo Mx habían desenmascarado a Carlos Mimenza como un falso revolucionario y autodefensa, al final un terrateniente que lo mismo insultaba a Lydia Cacho y Carmen Aristegui que a periodistas locales como Pedro Canché y Amir Ibrahim.

Los periodistas sospechan que las mantas de ejecución contra Pedro Canché y Amir Ibrahim el 19 de Julio de 2017 fueron colocadas por el mismo Carlos Mimenza.
Estás fueron las amenazas de Mimenza contra Amir que salió desde su número personal 9948795013:

“Ten cuidado por donde te mueves. Que te tengo vigilado. Lo que tú haces por la espalda yo te lo voy a hacer de frente”, fue el primer texto que recibió el dueño del portal, el sábado a las 17:05 horas.
“Primera advertencia”, decía otro mensaje, enviado instantes después. “Y guarda la pantalla. Para que guardes las pruebas de mi promesa”, leyó en el último mensaje, a las 17:06.
Respuesta legal
Según la denuncia que Amir Ibrahim presentó en la delegación de Cancún de la PGR, él tenía guardado como contacto el número de Carlos Mimenza, por lo que asegura que el empresario fue quien le mandó los mensajes.
En su declaración, que dio origen a la carpeta de investigación FED/QR/CUN/0000789/2017, Amir Ibrahim agregó que después de los mensajes recibió una llamada de un número desconoció en la que un hombre lo amenazó de muerte.
“Vas a valer verga tú y tus hijos, bájale de huevos o te vas a morir”, le dijo la voz anónima.
Después, asegura en la denuncia, Carlos Mimenza le volvió a mandar un mensaje, en el que le dijo que iniciaría un contraataque cibernético, para lo cual habría contratado a Anonymous.
“Dichas amenazas las atribuyo a Carlos Mimenza Novelo, a su grupo de autodefensas y a la persona que me amenazó vía telefónica a mí y a mi familia, del cual desconozco su identidad”, ratificó Amir Ibrahim antes de terminar su denuncia.

El feliz termino llegó hoy donde periodistas y la FEADLE celebraron la decisión de la juez de condenar a Mimenza por atacar la libertad de expresión por amenazas con agravantes.

Amir Ibrahim Mohamed Alfie fue acompañado por Ricardo Sánchez, Nahum Pedro Zárate y Alejandra Pedraza, Fiscal, director y MP de la FEADLE así como personal del Centro Ejecutivo de Atención a Víctimas (CEAV).

Fueron 22 pruebas junto con testimonios lo que hundió al fracasado revolucionario del facebook.

Tribunal ordena separación del cargo de Ana Vázquez Jiménez por no cumplor sentencia

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Por Guillermo Miranda
CHETUMAL.- El Tribunal Colegiado de Distrito en la sentencia al juicio por inejecución de sentencia aprueba el proyecto de separación del cargo de la titular de los Servicios Educativos de Quintana Roo, Ana Isabel Vázquez Jiménez, así como de otros tres funcionarios más por no haber reinstalado en tiempo y forma a los primeros 6 maestros cesados por la Reforma Educativa y que ganaron el amparo de la Justicia Federal.
Contrario a lo que la funcionaria señaló el pasado 13 de febrero, cuando anunció que la SEQ erogará más de 4 millones de pesos para el pago de salarios caídos y prestaciones de los 6 docentes cesados por la aplicación de la Reforma Educativa, en donde dijo que el proyecto de separación del cargo se refería única y exclusivamente a funcionarios Borgistas, no solo mintió sino que tendrá que hacer sus maletas y renunciar.

Resulta que en la resolución de sentencia a la demanda por inejecución de sentencia, primero en el proyecto se indica que deben de ser separados de sus cargos los titulares de: Servicios Educativos de Quintana Roo, Coordinación General del Servicio Profesional Docente, Dirección de Asuntos Jurídicos y Departamento de Asuntos Jurídicos y Administrativos y por ello al no acatarse la sentencia del 19 de enero pasado, el Tribunal Colegiado de Distrito solicitó por oficio los nombres de los titulares de dichos cargos y ordenó su separación.
El motivo es muy claro no dieron cumplimiento las actuales autoridades al Juicio de Amparo 144/2016 e hicieron caso omiso a la sentencia del incidente de inejecución de sentencia promovido bajo el número 24/2018, cuando desde abril de ese año se ordenó a la autoridad educativa dejar sin efecto la aplicación de la reforma educativa, lo que indica que los maestros debieron ser reinstalados frente a grupo, con sus mismas claves presupuestales, en la misma escuela donde laboraban al momento de su separación y además el pago de los salarios caídos y prestaciones, así como su reincorporación al ISSSTE sin perder ningún día de antigüedad.

Ante la negativa de cumplir con la sentencia de juicio de amparo, Ana Isabel Vázquez Jiménez y los titulares de las áreas arriba descritas, el Tribunal Colegiado solicitó al Consejo de la Judicatura de Quintana Roo los nombres de todos estos funcionarios tal y como obra en las fojas 238 y 239 de la Toca 24/2018 del incidente de inejecución de sentencia para resolver el proyecto de separación del cargo de dichos funcionarios a partir del pasado 17 de enero de 2019.
El texto del Tribunal Colegiado de Distrito es claro y a la letra dice:
“En consecuencia con apoyo en las razones que preceden en este los integrantes del Tribunal Colegiado considera emitir el Proyecto de Separación del cargo en contra de dichas personas físicas que son las siguientes: Maestra Ana Isabel Vázquez Jiménez, titular de los Servicios Educativos del Estado de Quintana Roo; licenciada Marcelina de Jesús Sargrero Balado, Coordinadora del Servicio Profesional Docente; Licenciado Enrique Miguel Paniagua Lara, director de Asuntos Jurídicos y Licenciada Esmeralda Noemí Borges Gamboa, Departamento de Procedimientos Jurídicos-Administrativos”.

La sentencia emitida indica que se de vista a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se notifique a los arriba mencionados así como a los autores (maestros cesados promoventes del incidente) y a las autoridades responsables de educación, incluido como superior jerárquico de Ana Isabel Vázquez Jiménez al gobernador del Estado, Carlos Joaquín González.

Solo 5 años le dieron al Chino Elizama por doble feminicidio

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El Chino Elizama B., fue sentenciado a solo 5 años de prisión y multa de 887 mil pesos, así como a purgar la pena por el homicidio de Bertha Cobá y Yutzal Itzá Cobá, doble feminicidio cometido en la ciudad de Carrillo Puerto el pasado 23 de agosto de 2018.
La juez que emitió la sentencia este 11 de enero pasadas las 13:40 horas en la Sala 6 de los Juzgados Orales de Chetumal, obligando al homicida adolescente a pagar su condena en el Centro de Reinserción Social para Adolescentes, a partir de la presente fecha y una vez que cumpla la mayoría de edad, ya que la actual legislación así lo establece.

Es decir pasará su condena en el CEMA hasta cumplir los 5 años y tendrá atención psicológica permanente.
Fueron 477 mil pesos de la multa por cada una de las personas asesinadas, le impuso para resarcir el daño 12 mil pesos por cada miembro de la familia perjudicados que en total hacen 36 mil pesos, más los 60 días o dos meses de los gastos funerarios que hacen un total de poco más de 888 mil pesos.
Es decir, la actual legislación toma en cuenta que por tratarse de un adolescente el homicida y no tiene medios para trabajar y sustentarse por sí solo, solo se le aplicó lo máximo en la multa que equivale a 5 mil días de salario por cada una de las damas asesinadas, más dos meses de gastos funerarios (poco más de 6 mil pesos).
La Fiscalía General del Estado dijo que se trató de un asalto violento, posteriormente ante la declaración de los testigos que auxiliaron a la menor Elisa, quien mencionó a su agresor, se reclasificó como feminicidio.

Sentencia condenatoria de 80 años contra imputado por violación

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Jorge Raúl Gutiérrez Sánchez de 36 años, fue sentenciado a 80 años de prisión por el delito de violación en agravio de dos personas menores de edad de identidad reservada.

La Fiscalía General del Estado informa que fiscales de Atención a la Mujer y por Razones de Género, obtuvieron el fallo judicial luego del acreditar las testimoniales de las agraviadas, derivado de la carpeta de juicio 50/2018 por el cual el juez oral fijó al sentenciado la pena de prisión de 40 años de prisión y $147 mil 700 pesos de multa por el primer caso y otros 40 años y $159 mil 425 pesos de multa por el segundo caso. Los hechos ocurrieron en 2012 y 2014.

La Fiscalía General del Estado refrenda su compromiso de hacer valer el estado de derecho, mediante el cumplimiento de las disposiciones legales asentadas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Fuente: FGE

68 años de cárcel por secuestro a Dioney

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Un magistrado de la Cuarta Sala Especializada en Materia Penal Oral confirmó al sentenciado Jhonny Dioney Guzmán Castañeda el delito de secuestro agravado, quien en fechas pasadas había solicitado un recurso de apelación a su veredicto.

Con base en los alegatos expuestos por el fiscal del Ministerio Público ante la autoridad jurisdiccional, se ratificó la culpabilidad del sentenciado y su relación con los hechos en agravio de una persona de identidad reservada. El juez ratificó la pena de 68 años y 9 meses de prisión, así como el pago de multa por concepto de reparación del daño, decretados el pasado 6 de julio de 2018.

La Fiscalía General del Estado refrenda su compromiso de procurar de justicia en favor de los quintanarroenses, con base en las leyes que nos rigen y total respeto a los derechos humanos.

Sentencia de 30 años de prisión a violador

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Con una sentencia de 30 años de prisión además del pago de la multa, Carlos Cesar Contreras Domínguez fue encontrado responsable por el delito de violación por un juez de control.

Personal de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Contra la Mujer y por Razones de Género, logró en procedimiento abreviado relativo a la carpeta administrativa 28/2018, que el juez determinara la responsabilidad de Carlos Contreras, ya que desde el 31 de agosto del 2017, abusaba de una persona menor de edad en ausencia de su madre.

La Fiscalía General del Estado trabaja por devolver la certidumbre jurídica , a las víctimas del delito.

Sentencian a 40 años por violación a Julio Cesar Ruiz Madrigal

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Benito Juárez, Quintana Roo a 06 de noviembre de 2018.- La Fiscalía General de Estado dan a conocer que fiscales especializadas en Atención a Delitos Contra la Mujer y por Razones de Género, lograron que un juez de control emitiera una condena en contra de Julio César Ruiz Madrigal por violación en contra de una víctima de identidad reservada.

 

Durante el juicio oral con número de expediente 38/2018, las fiscales lograron certificar los hechos con base con la información de pruebas facultando al órgano jurisdiccional ordenar la reclusión por 40 años de prisión, además de una multa por 166 mil pesos.

 

Según los indicios, el delito se efectuó en el Fraccionamiento Villas Otoch Paraíso, en noviembre de 2015, cuando el hoy señalado cometió violación de una persona menor de edad quedando embarazada.