sentencia - Page 2

Dan 29 años de cárcel al asesino de Kimberly, en Playa del Carmen

Playa del Carmen.- En mayo del año pasado, Héctor Mauricio Méndez Palma asesinó a su pareja sentimental, Kimberly O. C., clavándole unas tijeras en el pecho, en una cuartería de la colonia Aviación. Hoy, un juez determinó que este feminicida deberá pasar 29 años en la cárcel.

La sentencia es inferior a los 50 años que exigían asociaciones de mujeres, que se manifestaron afuera de los tribunales en la anterior audiencia, en la que este hombrefue hallado culpable, pero sí se le sentenció por feminicidio y no homicidio, como originalmente temían.

Este cruento feminicidio ocurrió en una cuartería en la calle 1 bis con Avenida 30. El asesino se dio a la fuga, pero llamó por teléfono a su jefe a quien le confesó lo que había hecho. Alarmado, esta persona acudió al domicilio y fue el primero en encontrar el cuerpo de la víctima.

Al estar plenamente identificado, el fugitivo fue eventualmente capturado y enjuiciado. La semana pasada fue hallado culpable, quedando pendiente su sentencia hasta hoy.

Por fin otorgó juez orden de arresto al caníbal de Mérida

/

Mérida.- Elementos de la Policía Estatal de Investigación (PEI) de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en coordinación con la Fiscalía General del Estado (FGE) detuvieron hoy a Izael D. C. en cumplimiento de una orden de aprehensión.

El individuo, imputado por los delitos de portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos cometidos contra servidor público y resistencia de particulares, fue declarado sustraído de la acción de la justicia ayer, al no presentarse a la audiencia de vinculación a proceso.

Este martes, los agentes investigadores de la SSP lo aprehendieron en la comisaría de Chichí Suárez, en coordinación con la FGE que integra la carpeta de investigación para solicitar que sea procesado por el delito de homicidio calificado, cometido contra el joven R. F. A. en la colonia Leandro Valle.

Fiscalía anticorrupción consigue sentencia de 2 años y dos meses contra el ex alcalde Rafael Eugenio Castro Castro

Playa del Carmen, Quintana Roo.- La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) obtuvo de un Juez Penal una sentencia condenatoria en contra de Rafael Eugenio Castro Castro, a quien le impuso una pena de dos años y dos meses de prisión por el delito de Desempeño Irregular de la Función Pública.

El ahora sentenciado, quien realizó funciones como Presidente Municipal de Solidaridad, también recibió una sanción de 120 días multa, además de que está acusado por el quebranto patrimonial por aproximadamente 111 millones de pesos.

El órgano jurisdiccional fue garante al señalar que, en cuanto a la reparación del daño, la condena será genérica a efecto de precisar algunos procedimientos y que serán resueltos en una audiencia consecuente de ejecución de sentencia.

En el contexto de los hechos, el Juez logró tomar esta decisión por todos los elementos que logró integrar la Fiscalía Anticorrupción dentro del expediente marcado con el número 42/2019 (Carpeta de Juicio Oral).

En la investigación que realizaron los especialistas, se estableció que de enero a septiembre del año 2016, fueron realizados 88 procesos de contrataciones de bienes y servicios de manera indebida, tras poseer vicios de legalidad con 16 proveedores por parte del Honorable Ayuntamiento.

Dichos procedimientos, que fueron corroborados por el juzgador, debieron ser velados por los altos mandos de dicho ayuntamiento; esto quiere decir que el hoy imputado realizó manejos incorrectos de la cuenta pública y la administración de los bienes, por ende, no actuó apegado a la Ley.

En dichas indagatorias, se determinó que R. E. C. C., operó en conjunto con otros servidores públicos que laboraron en dicha administración en el año 2016; tal y como lo señala también el informe presentado por la Auditoría Superior del Estado (Aseqroo).

Con este fallo a favor del municipio, la Fiscalía Anticorrupción logra que se repare el daño causado a la cuenta pública, luego de un largo proceso que se afrontó profesionalmente a fin de garantizar la justicia en Quintana Roo.

El delito por el que se le acusa a este ex funcionario está previsto y sancionado en el Artículo 207, fracción IV del Código Penal vigente al momento de los hechos, con una pena que va de 1 a 3 años de prisión y 200 días multa.

Rafael Castro ocupó la titularidad de la Oficialia Mayor, durante la gestión del entonces alcalde, Mauricio Góngora Escalante (2013-2016). Cuando éste se separó del cargo, para contender por la gubernatura de Quintana Roo, en suseción de Roberto Borge, Castro Castro asumió la suplencia como presidente municipal.

Góngora Escalente y Rafael Castro son acusados de peculado en la carpeta 229/ 2017, por el caso Finmart, empresa con la que firmaron un contrato para otorgar créditos a empleados de la comuna, para la compra de electrodomésticos.

Vía nómina, el ayuntamiento descontaba a los trabajadores, cada quincena y depositaba a la compañía, que en 2015 dejó de recibir los pagos y lo comunicó a la presidenta municipal de Solidaridad, Cristina Torres, cuando asumió el encargo.

Dan 25 años de cárcel a sicarios detenidos el año pasado

/

Cancún.- Cuatro sujetos que fueron detenidos en abril de 2019 cuando huían en un vehículo, después de asesinar a balazos a un hombre en la Region 236, fueron sentenciados a 25 años de prisión por un juez. También deberán pagar una multa de 154 mil pesos, como preparación del daño.

El pasado 16 de abril de 2019, estos cuatro hombres rafaguearon una casa en la calle 144, de la región mencionada, para de inmediato fugarse en un Lincoln gris.
Una patrulla que pasaba por la zona los detectó a tiempo, dando lugar a una persecución que llegó hasta el Arco Vial, donde fueron detenidos. También se les aseguró un arma larga, un fusil Bereta, además de una pistola de calibre 9 milímetros.

Su víctima, un hombre que estaba al interior de la vivienda baleada, Ángel Manuel S. B., de 29 años de edad, murió antes de que pudiera ser llevado a un hospital, de un balazo en la cabeza.
Casi 10 meses después, un juez sentenció a estas cuatro personas, Luis Ángel de la Cruz Farías, de 18 años; Erick Giovani Trejo Castañeda, de 21; Jesús Jiménez Pérez, de 25; e Inris Manuel Aguilar Pacheco, de 26 años de edad.

Obtiene FGE sentencia condenatoria de 45 años de prisión a imputado por violación

Cancún, Quintana Roo.- La Fiscalía General del Estado informa que fiscales especializadas en Delitos Contra la Libertad Sexual y el Libre Desarrollo lograron que un juez dictara sentencia condenatoria de 45 años de prisión contra José “C” por el delito de violación, derivado de la carpeta de juicio 58/2019, en agravio de una persona menor de edad de identidad reservada.

El juez valoró las pruebas presentadas por la representación social, que implica al imputado en hechos ocurridos en septiembre de 2018, al interior de una casa en la colonia Villas Otoch, donde, aprovechando su cercanía y parentesco, la una persona menor de edad fue agredida sexualmente.

Ante los hechos debidamente fundamentados, el juez resolvió la pena carcelaria además de imponer a José “C” el pago de una multa por 232 mil 347 pesos Y 33 mil 215 pesos por daño moral para la reparación del daño a la víctima.

La Fiscalía General del Estado trabaja para otorgar certeza jurídica a las víctimas del delito, mediante los lineamientos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

…Comunicado emitido por Comunicación Social de la FGE.

A Melquicedec le dan 30 años por violación

/

Solidaridad. – La Fiscalía General del Estado de Quintana Roo informa que fiscales especializadas en delitos sexuales lograron una sentencia condenatoria de 30 años de prisión en contra de Melquicedec Hernández López por el delito de violación en agravio de una víctima de identidad reservada, como parte de las diligencias emprendidas en la carpeta de juicio 27/2019.

El juez encontró responsable a Hernández López por hechos ocurridos en agosto de 2018, en un domicilio del fraccionamiento Villas Morelos, en el municipio de Puerto Morelos, en agravio de una persona menor de edad de identidad reservada, por lo que le impuso la pena carcelaria por 30 años además del pago de una multa equivalente a los $161 mil 200 pesos.

La Fiscalía General del Estado refrenda su compromiso de agotar todos los recursos legales, para otorgar certidumbre jurídica a las víctimas del delito.
Fuente:FGE.

Consigue la FGE sentencia de 37 años y seis meses de prisión para Aleksei Makeev por homicidio

/

Benito Juárez. – La Fiscalía General del Estado de Quintana Roo consiguió que un juez dicte una pena de 37 años 6 meses de prisión a Aleksei Makeev, por el delito de homicidio calificado dentro del juicio oral 23/2019, además tendrá que pagar 405 mil dos pesos con 40 centavos por reparación del daño y una multa de 2 mil 250 días.

El Ministerio Público aportó las pruebas recabadas mediante un trabajo de investigación científica, apegado a la ley y con pleno respeto a los derechos humanos, los cuales fueron valorados para que en un principio se dictara su plena responsabilidad, y fue hasta éste día 16 de julio que, en audiencia de individualización de sentencia, se le impuso la pena.

La Fiscalía General del Estado mantiene su firme compromiso de llevar ante tribunales
a quienes cometen delitos mediante la correcta aplicación de la ley para garantizar a los quintanarroenses un estado de de derecho.

Declara juez a “Lord Nazi Ruso” culpable de homicidio

Cancún.- Un juez halló a Aleksei Makeev, apodado el “Lord Nazi Ruso” culpable de homicidio, por haber dado muerte a un hombre, parte de una turba que quiso lincharlo hace dos años, aunque la sentencia será dictada dentro de dos días.

Makeev, de nacionalidad rusa pero residente en Cancún, subía videos racistas por internet en los que expresaba su desprecio hacia los mexicanos, los que inicialmente pasaron desapercibidos por estar en ruso, pero que eventualmente fueron conocidos por la ciudadanía local.

En menos de un día, el pasado 19 de mayo de 2017, en redes sociales fue creciendo la inconformidad hacia esta persona. Al saberse su domicilio, en una cuartería de Supermanzana 70, llegó un grupo de ciudadanos con la intención de golpearlo.
En cuestión de pocas horas, la multitud creció, mientras el extranjero se había refugiado en el techo de la vivienda. Envalentonadas, varias personas lograron ingresar hasta este domicilio, siendo uno de ellos, Carlos “N”, de 20 años de edad, recibido por Aleksei Makeev con un cuchillo, el que le clavó en varias ocasiones.

Aunque inicialmente pudo tratarse de defensa legítima, la Fiscalía alegó que el extranjero salió a perseguir y terminar de rematar a su víctima, lo que transformaba la situación en un homicidio, algo con lo que el juez concordó.
Durante ese ataque, el ruso fue salvajemente golpeado por la multitud, al grado de tener que ser hospitalizado.

Aunque la multitud y la amenaza en contra de la vida de este extranjero estuvo congregada por varias horas, ninguna autoridad intervino en el caso. Inicialmente, una patrulla de la Policía Municipal acudió a ver lo sucedido, pero se retiró del lugar. El caso incluso fue trasmitido en vivo por varios medios electrónicos, sin que la Fiscalía o Seguridad Pública se diera por enterada.

Confirman magistrados sentencia contra Mimenza

Luego de que el pasado 15 de marzo, al empresario y precandidato a la presidencia de la República en 2018, Carlos Mimenza Novelo, se le dictara una condena de ocho meses y dos días de cárcel sin derecho a sustitución de pena, tras haber sido hallado culpable, el 13 de marzo, del delito de amenazas, con la agravante de tratarse de ataques a la libertad de expresión, en agravio del comunicador, Amir Ibrahim Mohamed, este fin de semana un tribunal de alzada confirmó la sentencia.

Como se recordará, el pasado 13 de marzo, en el Centro de Justicia Penal Federal, con sede en Cancún, la juez de Distrito especializada en sistema penal acusatorio, Verónica Gutiérrez, indicó que una vez valorados los elementos de prueba, habiendo escuchado a las partes y luego de deliberar en privado, concluyó que Mimenza Novelo era “plenamente responsable” del delito de amenazas, como autor material de siete mensajes enviados a Ibrahim Mohamed, vía celular, el 8 de julio de 2017.

Los mensajes del autonombrado líder de autodefensas en Quintana Roo, produjeron al comunicador, director de un periódico y fundador de un portal digital en la entidad, un daño psicológico y material que le obligaron a él y a su familia a desplazarse a otro estado para ser protegidos, lo que afectó su dinámica de vida y alteró su modo de ejercer el periodismo.

Esto último tuvo una afectación adicional a la esfera colectiva, toda vez que la libertad de expresión es, subrayó la juez, un derecho fundamental individual, pero también colectivo.

La sentencia dictada aquel día constituyó el primer fallo condenatorio en México, por delitos cometidos contra la libertad de expresión, dentro del nuevo sistema penal acusatorio.

Condena

Tres días después, luego de haber sido declarado culpable de delito cometido contra la libertad de expresión, en un hecho histórico, la juez Verónica Gutiérrez dictó una condena de ocho meses y dos días de cárcel sin derecho a sustitución de pena al empresario Carlos Mimenza; además, recibió una amonestación y se le ordenó la reparación del daño a la víctima, así como al Estado, es decir, deberá resarcir los recursos que este utilizó al aplicar las medidas de protección al comunicador.

Esta resolución fue histórica pues nunca antes se había logrado un fallo condenatorio en el nuevo proceso penal acusatorio por algún delito cometido en contra de la libertad de expresión.

Cabe mencionar que, adicionalmente, se dictaron medidas cautelares, por lo que Mimenza Novelo acercarse ni a la víctima ni a sus familiares, domicilios o trabajos, además no podía salir del país, aunque esta última medida fue apelada y concedida a favor del inculpado.

Carlos Mimenza Novelo, en pleno ejercicio de sus derechos, apeló además en aquel entonces la decisión del Tribunal Enjuiciador, por lo que la sentencia no fue ejecutada.

Se confirma sentencia

Tras la apelación por parte de la defensa de Carlos Mimenza Noevalo, este fin de semana la sentencia que lo declaró culpable fue confirmada por tres magistrados de un tribunal de alzada.

“Se confirma la sentencia apelada”, se leyó en el documento.

El delito

Durante la audiencia de juicio oral, celebrada el pasado 13 de marzo de las 14:45 a las 16:41 horas, la juzgadora fundamentó su resolución, respecto a los hechos ocurridos el ocho de julio de 2017 -denunciados y materia del juicio- cuando Amir Ibrahim conducía su auto, de Cancún hacia Playa del Carmen y recibió una serie de mensajes provenientes del celular de Carlos Mimenza, a las 17:05 horas.

“Ten cuidado por dónde te mueves… que te tengo vigilado; lo que tú haces por la espalda, yo te lo voy a hacer de frente”, decía el primero de esos mensajes, citados por la juez.

“Primera advertencia” -fue el segundo mensaje- “Y guarda la pantalla para que guardes las pruebas de mi promesa”, fue la tercera amenaza.

Horas después, a las 23 horas aproximadamente, Ibrahim Mohamed recibió un cuarto mensaje:

Ya van a empezar los contraataques cibernéticos. Voy a acabar con todos ustedes. Contraté a toda la plantilla de Anonymous para devolverles el ataque que me hicieron, pero a ti te voy a dar trato especial para que veas lo que es amar a Dios en tierra de fariseos. Cada paso que des tú y todo tu ámbito personal estará bajo vigilancia. Al igual que el bastardo”, citó la juez, quien dio lectura a otros tres mensajes.

Se mencionaron los alegatos de la defensa, encabezada por el abogado, Leonardo Kumul, quien acusó presuntas violaciones al debido proceso, como la presentación de testimonios “de oídas”, violación a la cadena de custodia, embalajes y medios materiales; su indebido resguardo y la violación a las técnicas de investigación, que dieron pie para que invocase el principio de duda razonable.

Gutiérrez Fuentes explicó el valor probatorio de las 23 pruebas y 17 testimonios presentados por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), que incluyeron familiares, colaboradores, policías federales y peritos especializados en informática y telecomunicaciones; psicología y análisis de contenido, así como las ocho documentales exhibidas.

En el caso de los mensajes, detalló que fueron extraídos de dos celulares, por un perito que es ingeniero en electrónica, autor de 20 dictámenes mensuales, quien los colocó en un disco compacto puesto en resguardo como parte de la carpeta de investigación.

Para determinar si esos mensajes podían ser catalogados como amenazantes, se echó mano de un perito en psicología, con Maestría en Criminología, cuya conclusión fue que, con ellos, se pretendió “dominar”, “amedrentar” y “advertir de un posible daño” al receptor, y que evidenciaban que el emisor o autor “se siente impune”, toda vez que reta a quien lo recibió, a guardar la prueba de la amenaza.

En cuanto a la valoración psicológica practicada comunicador en octubre de 2017, aclaró que si bien para esa fecha no se encontró un daño emocional o psicológico grave, fue porque contó con una red de apoyo, no sólo familiar y gremial, sino en la autoridad, a través del Mecanismo de Protección Federal para Periodistas.

Sin embargo, también se concluyó que a partir de recibidos los mensajes, el comunicador presentó ansiedad, un desequilibrio emocional, miedo, irritabilidad y frustración.

Gutiérrez Fuentes añadió que el sentenciado, como autor de mensajes amenazantes, buscó “limitar” el derecho a la Libertad de Expresión de la víctima e informó que mañana se dará a conocer el alcance de su condena, durante la audiencia de individualización de la pena.

Comunicador celebra histórico fallo

Luego de que el 15 de marzo se le dictara condena a Carlos Mimenza Novelo, Amir Ibrahim destacó que este hecho sentaba un precedente histórico en el país.

“Da un claro mensaje para todos aquellos que atenten contra los compañeros y atenten contra la libertad de expresión en México”, señaló.

Deja en claro que la justicia puede y debe alcanzar a todos aquellos que amenacen, violenten e intenten atentar contra la libertad de expresión en México”, expresó.

Aplaudo la valentía de la Jueza Federal Verónica Gutiérrez Fuentes, ya que su sentencia no sólo hace justicia a un servidor, sino que contribuye a todos los comunicadores del país y a todos aquellos hombres y mujeres que quieran ejercer libremente su libertad de expresión”, agregó.

Resaltó que su caso puede ser usado como un precedente para ayudar a otros compañeros periodistas que buscan justicia por agresiones en el ejercicio de su profesión.


Fuente: ElQuintanaRoo

Youtuber es obligado a dejar redes sociales por 5 años

/

El youtuber Kanghua R., de 21 años y creador del popular canal ReSet no podrá hacer uso de las redes sociales por cinco años, por haber humillado a una persona indigente, por lo que fue llevado a la justicia y al encontrarsele culpable una juez de Barcelona dictaminó dicha sentencia.

Hay que recordar que el joven en uno de sus blogs salió a la calle y le ofreció a un mendigo una galleta Oreo rellena de pasta dental, este acto causó molestia entre los i nternautas y el caso llegó hasta las autoridades quienes tomaron el caso y fue que la titular del juzgado de lo penal número 9 decretó una pena de cárcel de 15 meses.

ReSet al ver la indignación de sus seguidores, retiró el video de las redes y pidió disculpas.

El castigo al que se hizo acreedor el youtuber ha sido toda una novedad, ya que las autoridades le prohibieron a Kanghua «visitar» el escenario del delito «no podrá acceder a las plataformas de vídeos de Google», por cinco años. Además tendrá que eliminar su canal, por el tiempo antes señalado, y tiene prohibido crear una nueva cuenta, por lo que ReSet estará fuera de Internet por una larga temporada. Asimismo, tendrá que indenminizar con 20.000 euros al indigente, quien es de origen rumano y pernocta barrio de la Marina de la Zona Franca de Barcelona.

Fue la Fiscalía de delitos de odio quien realizó la investigación contra Kanghua, oriundo de China pero fue educado en España. El video que el youtuber subió fue considerado por la juez como un «un acto claro e inequívoco de contenido vejatorio» y que además, además, ocasionó daños en la salud de la persona en situación de calle.

ReSet alegó que se trataba de una broma, y por este video ganó 2.000 euros, y ahora tendrá que pagar diez veces esa cantidad al vagabundo.

En 2017, ReSet estaba «entre los 200 youtubers más importantes de España e Iberoamérica», dieron a conocer los Mossos d’Esquadra durante el juicio. Y en tres años de haber iniciado, Kanghua sumaba 1,1 millones de suscriptores y sus vídeos tenían 124 millones de visualizaciones.

El youtuber ReSet dijo haber aceptado el reto de uno de sus usuarios, que consistía en rellenar galletas Oreo con pasta de dientes, y ofrecerlo a personas en situación de calle.

Las autoridades consideran que el joven actuó con malicia y así lograr «captar de forma efectiva la atención morbosa de sus seguidores» y lograr «un apetitoso incremento de ingresos» que Google le pagaría por publicidad.

(Tomado de El País)