El Presidente Marco Antonio Tóh Euán, presidente de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo, emitió la Recomendación 01/2019 por Violaciones al Derecho a la Libertad de Expresión, dirigida a la Presidencia Municipal de Benito Juárez, misma que ya se encuentra aceptada por la autoridad.
El ombudsperson destacó la importancia de esta recomendación, en razón del contexto sobre la situación de las y los comunicadores en México en general, y en particular en nuestro Estado, por lo que se pretende enviar un mensaje a todas las personas que se desempeñen en el servicio público, sobre el respeto a la Libertad de Expresión y el ejercicio periodístico.
El caso se desprende de la queja VG/BJ/103/2018 interpuesta el año pasado por la propia víctima, de oficio periodista, en virtud de que había realizado una rueda de prensa para manifestar públicamente que un servidor público había plagiado una obra literaria registrada a su nombre ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, por lo cual ya había iniciado un procedimiento ante la autoridad administrativa correspondiente. Sin embargo en la respuesta de dicho funcionario al ser entrevistado por diversos medios de comunicación sobre las declaraciones del periodista, amenazó con proceder penalmente en su contra.
Dicha amenaza constituye una violación al derecho humano a la libertad de expresión amparado por la Constitución Política Mexicana, así como la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en cuanto significan un medio inhibidor y atemorizante por tratarse de la aseveración que hizo una autoridad, de iniciar un procedimiento penal y obtener la comprobación de un delito, siendo una forma de menoscabar la libertad de expresión, con consecuencias incluso de autocensura y de privación a la generalidad del conocimiento y divulgación de información.
Cabe recalcar que la Comisión de los Derechos Humanos no se opone al uso de los recursos legales que tienen los servidores públicos para la defensa de sus derechos, puesto que en un estado democrático de derecho, todas las personas tienen la posibilidad de interponer los medios de defensa que estime necesarios para la protección de sus derechos. Sin embargo, tal y como se acreditó en el cuerpo de la recomendación, el uso del derecho penal para tal situación, para limitar o inhibir las acciones de un particular es contrario al derecho a la libertad de expresión y por ende ilegal.
Por ello se recomendó, entre otros, la reparación integral del daño a la víctima; el ofrecimiento de una disculpa pública; girar instrucciones a los integrantes del ayuntamiento, directores, subdirectores y jefes de departamento municipales, conminándolos a abstenerse de amenazar, intimidar o violentar el derecho a la libertad de expresión del agraviado, así como de cualquier otra persona; un programa de capacitación general y en específico sobre libertad de expresión; iniciar y substanciar hasta su resolución definitiva el procedimiento para determinar si existieron faltas que constituyan infracciones en materia de responsabilidad administrativa; y elaborar un Código de Ética para las y los servidores públicos del H. Ayuntamiento, que contemple la protección de los derechos humanos.